REÉ

CAPITULO 11 AL 15

26) Mira, Yo pongo hoy delante de ustedes la bendición y la maldición. 27) La bendición: Si escuchan los mandamientos del Eterno su D's que Yo les ordeno hoy. 28) Y la maldición: si no escuchan los mandamientos del Eterno su D's y se desvían del camino que Yo les ordeno hoy, para andar tras dioses ajenos que ustedes no han conocido. 29) Y sucederá que cuando el Eterno tu D's te lleve a la tierra a la cual tú te diriges allá para tomarla en posesión, pondrás (a los de) la bendición en el monte Guerizim, y (a los de) la maldición en el monte Ebal. 30) ¿Acaso no están esas (montañas) del otro lado del Iardén, más allá, en la dirección de la puesta del sol, en la tierra del Kenaaní que habita en la planicie, lejos de Guilgal, cerca de la planicie de More? 31) Pues ustedes atraviesan el Iardén a fin de entrar y tomar posesión de la tierra que el Eterno les entrega; tomarán posesión de ella y se asentarán en ella. 32) Se cuidarán de cumplir todos estos estatutos y estas leyes que Yo pongo hoy delante de ustedes.

CAPITULO 12

 Estos son los estatutos y las leyes que ustedes se cuidarán de llevar a cabo en la tierra que el Eterno, D's de sus ancestros te ha entregado para que ustedes la posean durante todos los días que ustedes vivan sobre el suelo.

2) Destruirán completamente todos los sitios donde ahí hayan rendido culto los pueblos a quienes ustedes conquistan: a sus dioses sobre las altas montañas y sobre los valles, y debajo de todo árbol frondoso. 3) Demolerán sus altares y despedazarán sus pilares; sus árboles de culto quemarán al fuego; derribarán las imágenes talladas de sus dioses y destruirán sus nombres de ese sitio. 4) No actuarán así hacia el Eterno, su D's. 5) Sino sólo en el sitio que el Eterno su D's escoja entre todas sus tribus para poner allí Su nombre; por Su (lugar de) residencia deberán inquirir, y allá deberás ir. 6) Allá llevarán sus ofrendas de ascensión y sus sacrificios, sus diezmos y la aportación de sus manos, sus ofrendas votivas y sus ofrendas voluntarias, y los primerizos de sus reses y de sus ovinos. 7) Ahí comerán delante del Eterno su D's y se alegrarán con toda la presa de sus manos, ustedes y sus casas, según te haya bendecido el Eterno. 8) No harán conforme a todo lo que nosotros hacemos hoy aquí, cada hombre según lo que sea recto ante sus ojos. 9) Pues todavía no habrán llegado al (lugar de) reposo y al patrimonio que el Eterno tu D's te entrega.

10) (Cuando) ustedes crucen el Iardén y se asienten en la tierra que el Eterno su D's les hace heredar y Él les conceda reposo de todos sus enemigos alrededor, y ustedes residan en seguridad, 11) entonces sucederá que al lugar que el Eterno su D's escoja para hacer que ahí resida Su nombre, allá llevarán todo lo que Yo les ordeno: sus ofrendas de ascensión y sus sacrificios, sus diezmos y la ayuda de sus manos, y lo más selecto de sus ofrendas que hayan prometido al Eterno. 12) Y se regocijarán delante del Eterno su D's, ustedes y sus hijos e hijas, sus siervos y sus siervas, así como el Leví que está en sus ciudades, ya que él no posee porción ni patrimonio entre ustedes. 13) Cuídate no seas que hagas subir tus ofrendas de ascensión en cualquier sitio que veas. 14) Sino sólo en el lugar que el Eterno escoja en una de tus tribus, allí harás subir tus ofrendas de ascensión y allí llevarás a cabo todo lo que Yo te ordeno. 15) Aun así, conforme a todo el deseo de tu alma podrás degollar y comer carne, según la bendición que el Eterno tu D's te haya concedido en todas tus ciudades; tanto el impuro como el puro podrá comerlo, como el venado y el ciervo. 16) Pero no comerán la sangre; sobre la tierra la verterás como agua.

17) En tus ciudades no podrás comer: el diezmo de tu grano, de tu vino y de tu aceite; los primerizos de tus reses y de tus ovinos; ninguna ofrenda de ritual que prometas, tus ofrendas voluntarias o la ofrenda de tu mano. 18) Sino que en el lugar que el Eterno tu D's escoja, así como el Leví que está en tus ciudades. Y te regocijarás delante del Eterno tu D's en cualquier empresa de tus manos.

19) Cuídate, no sea que abandones al Leví durante todos tus días sobre tu tierra.

20) Cuando el Eterno tu D's ensanche tus fronteras, conforme te habló, y tú digas: "Comeré carne", porque tu alma habrá ansiado carne, conforme a todo el deseo de tu alma podrás comer carne; 21) porque el lugar que el Eterno tu D's haya escogido para imponer ahí Su nombre estará lejos de ti, (entonces) podrás degollar de tu ganado y de tu rebaño que el Eterno te haya otorgado, como te he ordenado; y podrás comer en tus ciudades conforme a todo el deseo de tu alma. 22) Pero sólo como son comidos el ciervo y el venado, así tú podrás comerlo, tanto el impuro como el puro podrán comerlos juntos. 23) Sólo sé fuerte para no comer la sangre, ya que la sangre es el alma, y no deberás comer el alma junto a la carne. 24) No la comerás; sobre la tierra la verterás como agua. 25) No la comerás, para que te beneficies tú y tus hijos después de ti, ya que habrás hecho lo recto ante los ojos del Eterno. 26) Sólo tus casas consagradas que poseas y tus ofrendas de ritual portarás y vendrás al lugar que el Eterno escoja.

27) Realizarás el servicio de tus ofrendas de ascensión, la carne y la sangre, sobre el Altar del Eterno tu D's; la sangre de tus sacrificios deberá ser vertida sobre el Altar del Eterno tu D's, y podrás comer la carne. 28) Preserva y escucha todos estos asuntos que Yo te ordeno para que te beneficie tú y tus hijos después de ti para siempre, ya que habrás hecho lo bueno y lo recto ante los ojos del Eterno tu D's.

29) Cuando el Eterno tu D's haya exterminado delante de ti a los pueblos hacia los que tú te diriges para conquistarlos, y los hayas expulsado y te hayas asentado en su tierra, 30) cuídate mucho, no sea que seas atraído tras ellos, luego de que ellos hayan sido exterminados de tu presencia, y no sea que inquieras por sus dioses, diciendo: ¿Cómo rindieron culto a sus dioses esos pueblos, y yo también lo haré así?. 19) No actuarás así con el Eterno tu D's, ya que ellos hicieron por sus dioses todas las abominaciones que el Eterno aborrece, pues incluso a sus hijos e hijas ellos quemaron en el fuego por sus dioses.

CAPITULO 13

 Todo asunto que Yo les ordene deberán guardar para llevarlo a cabo; no añadirás a él ni sustraerás de él. 2) Cuando de tu seno se levante un profeta o un visionario y te proporcione un signo o un prodigio. 3) Y ese signo o prodigio llega a cumplirse, (ése) del cual él te haya hablado, diciendo: "Vayamos tras dioses ajenos a quienes ustedes no conocieron y les rendiremos culto", no deberás escuchar las palabras de ese profeta o de ese visionario, ya que el Eterno tu D's está poniendo a prueba a ustedes para saber si (realmente) aman al Eterno, su D's con todo su corazón y con toda su alma. 5) Deberán marchar tras el Eterno, su D's y a Él deberán temer; Sus mandamientos guardarán y Su voz escucharán; a Él servirán y a Él se apegarán.

CAPITULO 14

 Ustedes son hijos del Eterno su D's: no se harán cortes ni se harán una parte calva entre sus ojos por un muerto. 2) Pues tú eres un pueblo santo para el Eterno tu D's, y a ti te escogió el Eterno como nación atesorada de entre todas las naciones que están sobre la superficie de la tierra. 3) No comerás ninguna cosa abominable. 4) Estos son los animales que podrán comer: el toro; el cordero y la cabra; 5) el ciervo; el venado; el yajmur; el íbice; el Dishón; el toro salvaje; y el zámer. 6) Y cualquier animal que tenga la planta hendida, completamente partida en dos pezuñas y que rumie, entre los animales, ése podrán comer. 7) Pero este no podrán comer de los que rumian y tienen la planta hendida: la shesuá, el camello, la liebre y el conejo, ya que rumían, pero no tienen la planta hendida; impuros son para ustedes; 8) y el puerco, ya que tiene la plante hendida, pero no rumia; impuro es para ustedes. De su carne no comerán y no tocarán sus cadáveres.

9) Este podrán comer entre los que estén en el agua: todo el que tenga aletas y escamas podrán comer. 10) Pero todos el que no tenga aletas y escamas no podrán comer; impuro es para ustedes. 11) Cualquier ave pura podrán comer. 12) Y está es la que no podrán comer de ellas: el águila; el peres; la ozniá; 13) la raá; la ayá; y la dayá, según su especie; 14) cualquier cuervo según su especie; 15) la bat-hayaaná; el tajmas; el shajaf; y el netz según su especie; 16) el búho; la lechuza; y el murciélago; 17) el kaat; la rajamá; y el cormorán; 18) la cigüeña; el herón según su especie; el pavo salvaje, y el atalef. 19) Y cualquier insecto volador es impuro par ustedes; no podrá ser comido. 20) Todas las aves puras podrán comer. 21) No comerán ningún cadáver; al extranjero que está en tus ciudades se lo darás y él podrá comerlo, o venderlo a un gentil. Pues tú eres un pueblo santo para el Eterno tu D's. No cocerás a la cría en la leche de su madre.

23) Ciertamente sacarás el diezmo de todo el rendimiento de tu sembradío que brota en el campo cada año. 23) (Lo) comerás delante del Eterno tu D's en el lugar que Él escoja para hacer que ahí resida Su nombre, el diezmo de tu grano, tu vino y tu aceite, los primerizos de tus reses y de tus ovinos, para que aprendas a temer al Eterno tu D's todos los días. 24) Y si el camino es demasiado largo, de tal modo que no puedas portarlo que te quedará lejos el lugar que el Eterno tu D's escoja para imponer ahí Su nombre -pues el Eterno te habrá bendecido-, 25) (entonces) podrás cambiarlo por dinero; y harás con el dinero en mano, e irás a un lugar que el Eterno tu D's escoja. 26) El dinero lo podrás gastar en todo lo que tu alma desee: en reses, ovinos, vino, licor o en todo lo que tu alma te pida; y comerás ahí delante del Eterno tu D's y te regocijarás, tú y tu casa. 27) Y al Leví que está en tus ciudades, no lo abandonarás, ya que él no tiene parte ni patrimonio contigo. 

28) Al término de tres años sacarás todo el diezmo de tu cosecha en ese año y lo dejarás en tus puertas. 29) Y vendrá el Levi-pues él no tiene parte ni patrimonio contigo-, así como el converso, el huérfano y la viuda que están en tus ciudades, y comerán y se saciarán, para que el Eterno tu D's te bendiga en toda la obra de tus manos que realices.

CAPITULO 15

 Al final de los siete años harás una remisión. 2) Y este es el asunto de la remisión: todo acreedor deberá remitir su poder (de cobro) sobre lo que ha prestado a su prójimo; no acosará a su prójimo ni a su hermano, ya que Él ha proclamado la remisión para el Eterno. 3) Podrás presionar a un gentil; pero sobre lo que tienes con tu prójimo remitirás tu poder (de cobro). 4) Solo que no haya necesitado en ti, ya que ciertamente el Eterno te bendecirá en la tierra que el Eterno tu D's te entrega como patrimonio para poseerla. 5) Pero sólo si escuchas diligentemente la voz del Eterno tu D's, a fin de guardar para cumplir todo este mandato que Yo te ordeno hoy. 6) Pues el Eterno tu D's te habrá bendecido conforme te habló, y prestarás a muchos pueblos, pero tú no pedirás prestado; dominarás sobre muchos pueblos, pero ellos sobre ti no dominarán.

7) Si hubiera un necesitado en ti, de entre uno de tus hermanos, en una de tus ciudades, en tu tierra que el Eterno tu D's te entregue, no endurecerás tu corazón ni cerrarás tu mano de tu hermano el necesitado. 8) Sino que ciertamente abrirás tu mano para él y ciertamente le prestarás lo suficiente para sus necesidades, aquello que él carezca. 9) Cuidado no sea que haya algo inicuo en tu corazón, para decir: "Se acerca el séptimo año de remisión", y tu ojo se vuelva mezquino contra tu hermano el necesitado y no le des, (pues) entonces él invocará al Eterno contra ti y habrá pecado en ti. 10) Ciertamente le darás, y que tu corazón no sea mezquino cuando le des, ya que como resultado de esto el Eterno tu D's te bendecirá en toda tu labor y en toda empresa en tu mano. 11) Pues el necesitado no cesará del seno de la Tierra; por eso Yo te ordeno, diciendo: "Ciertamente abrirás tu mano a tu hermano, a tu pobre y a tu necesitado en tu tierra".

12) Si es vendido a ti tu hermano hebreo o una hebrea, te servirá durante seis años, pero en el séptimo año lo soltarás libre de ti. 13) Y cuando lo sueltes libre de ti, no lo enviarás vacío. 14) Le obsequiarás generosamente de tu rebaño, de tu era y de tu lagar; de lo que el Eterno tu D's te haya bendecido le darás. 15) Recordarás que tú fuiste esclavo en la tierra de Mitzráim y el Eterno te rescató; por eso Yo te ordeno esto hoy. 16) Y sucederá que si él te dice: "No saldré de ti", porque te quiere, a ti y a tu casa, ya que le va bien contigo, 17) entonces tomarás una lezna y la pondrás a través de su oreja y la puerta y él será para ti un siervo perpetuo; y también a tu sierva le harás así. 18) No será duro ante tus ojos cuando lo sueltes libre de ti, ya que él trabajó por ti el valor doble de un asalariado durante seis años; y el Eterno tu D's te bendecirá en todo lo que hagas.

19) De todo primerizo que nazca de tus reses o de tus ovinos, el macho lo consagrarás al Eterno tu D's; no harás trabajar al primerizo de tu toro, ni esquilarás al primerizo de tus ovinos. 20) Delante del Eterno tu D's lo comerás año tras año en el lugar que el Eterno escoja tanto tú como tu casa. 21) Y si hubiera defecto en él, cojo o ciego, cualquier defecto grave, no podrás sacrificarlo al Eterno tu D's. 22) En tus ciudades lo comerás, tanto el impuro como el puro junto, como al venado, y al ciervo. 23) Sólo que no comerás su sangre; sobre la tierra la verterás como agua.

CAPITULO 16

 Guarda el mes de la primavera y realiza la ofrenda de Pésaj al Eterno tu D's, ya que en el mes de la primavera el Eterno tu D's te sacó de Mitzráim, en la noche. 2) Degollarás la ofrenda de Pésaj al Eterno tu D's de ovinos y de reses, en el lugar que le Eterno escoja para hacer que ahí resida Su nombre. 3) No lo comerás junto con pan leudado; durante un período de siete días lo comerás con pan ázimo-pan de aflicción-, ya que con premura saliste de la tierra de Mitzráim, para que recuerdes el día de tu salida de la tierra de Mitzráim todos los días de tu vida. 4) Y no será vista en ti ninguna sustancia leudante en todas tus fronteras durante un periodo de siete días; y de la carne que degollarás en la tarde, en el día previo, nada permanecerá hasta la mañana. 5) No podrás degollar la ofrenda de Pésaj en alguna de tus ciudades que el Eterno tu D's te otorgue. 6) Sino que en el lugar que el Eterno tu D's escoja para hacer residir Su nombre, allí degollarás la ofrenda de Pésaj al atardecer, cuando se pone el sol, el tiempo prescripto para tu salida de Mitzráim. 7) La cocerás y la comerás en el lugar que el Eterno escoja, y en la mañana podrás volverte y marchar a tus tiendas. 8) Durante un período de siete días comerás pan ázimo, y en el séptimo día habrá una retención para el Eterno tu D's; no realizaras ninguna labor. 9) Contarás para ti siete semanas: a partir de la hoz es puesta en la mies comenzarás a contar siete semanas. 10) Entonces celebrarás la festividad de Shabuot para el Eterno tu D's; la aportación voluntaria de tu mano que entregues será acorde con lo que el Eterno tu D's te haya bendecido. 11) Y te regocijarás delante del Eterno tu D's-tú y tu hijo e hija; tu siervo y tu sierva-; y el Leví que está en tus ciudades y el converso, el huérfano y la viuda que están en tu seno- en el lugar que el Eterno tu D's escoja para hacer que ahí resida Su nombre.

12) Recordarás que esclavo fuiste en Mitzráim, y guardarás y cumplirás estos decretos.

13) Celebrarás la Festividad de Sucot durante un período de siete días, cuando recojas (el fruto) de tu era y de tu lagar. 14) Te alegrarás en tu festividad, tú y tu hijo e hija; tu siervo y tu sierva; y el Leví, el converso, el huérfano y la viuda que estén en tus ciudades. 15) Durante un periodo de siete días celebrarás al Eterno tu D's en el lugar que el Eterno escoja, pues el Eterno tu D's te bendecirá en toda su cosecha y en toda la labor de tus manos; y estarás sólo contento. 

16) Tres veces al año se presentarán todos tus varones delante del Eterno tu D's en el lugar que Él escoja: en la Festividad del pan ázimo, en la Festividad de Shabuot y en la Festividad de Sucot; y no se aparecerá vacío en presencia del Eterno. 17) Cada hombre según el don de su mano, acorde con la bendición que el Eterno tu D's te haya otorgado.

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