BEHAR

CAPITULO 25 AL 26

 El Eterno habló a Moshé en el Monte Sinaí, para decir: 2) Habla a los Hijos de Israel, y diles: Cuando entren a la tierra que Yo les entrego, la tierra guardará un Shabat de cese por el Eterno, 3) durante seis años sembrarás tu campo y durante seis años podarás tu viña, y recogerás su cosecha. 4) Pero en el séptimo año habrá un cese total para la tierra, un Shabat para el Eterno; no sembrarás tu campo ni podarás tu viña.

5) No segarás lo que brote por sí solo de tu siega, y las uvas de lo que apartaste no vendimiarás; un año de cese será para la tierra. 6) El cese de la tierra será de ustedes para comer, para ti, para tu siervo y para tu sierva; y para tu empleado y para el residente que habitan contigo. 7) Y para tu animal doméstico y para el animal salvaje que está en tu tierra será todo su producto para comer. 8) Deberás contar para ti siete Shabatot de años, siete años siete veces; los días de los siete Shabatot de años serán para ti cuarenta y nueve años.

9) Harás sonar el toque de corno en el séptimo mes, en el décimo día del mes; en el Día de expiación harán sonar el corno en toda la tierra de ustedes.

10) Consagrarán emancipación en la tierra para todos los habitantes; será el año de Jubileo para ustedes, cada hombre retomará su patrimonio y cada hombre retomará a su familia.

11) Es el Jubileo, el quincuagésimo año; para ustedes será. No sembrarán, no segarán lo que crece por sí solo de la (tierra) y no vendimiarán sus (uvas) apartadas. 12) Pues es el Jubileo, sagrado será para ustedes; del campo podrán comer su producto. 13) En este año del Jubileo cada hombre retornará a su patrimonio.

14) Cuando ustedes vendan una mercancía a su prójimo o compren de mano de su prójimo, no se estafen uno a otro. 15) Según el número de años después del Jubileo comprarás de tu prójimo; según el número de años de cosechas él te deberá vender. 16) Según el mayor número de años aumentarás su compra, y según el menor número de años reducirás su compra, ya que él te vende el número de cosechas. 17) No se hostigarán el uno al otro, (sino que) temerás a tu D's, pues Yo soy el Eterno, su D's. 18) Cumplirán mis estatutos y guardarán Mis leyes, y los llevarán a cabo; y habitarán en seguridad sobre la tierra.

19) La tierra rendirá su fruto y comerán son provecho, y habitarán con seguridad sobre ella. 20) Y si ustedes dicen: "¿Qué comeremos en el séptimo año? ¡He aquí que no sembraremos ni guardaremos nuestra cosecha!". 21) Yo mandaré Mi bendición para ustedes en el sexto año y producirá una cosecha (suficiente) para los tres años.

22) Sembrarán en el octavo año, pero comerán de la vieja cosecha; hasta el noveno año, hasta la llegada de su cosecha, comerán de lo viejo. 23) La tierra no podrá ser vendida a perpetuidad pues mía es la tierra, ya que forasteros y residentes son conmigo. 24) Y en toda la tierra de su patrimonio redención proporcionarán a la tierra.

25) Si tu hermano empobrece y vende de su patrimonio, su redentor -el más cercano a él- vendrá y redimirá la venta de su hermano. 26) Y si un hombre no tiene redentor, pero sus medios alcanzan y posee suficiente para su rescate, 27) entonces calculará los años de su venta y devolverá el excedente al hombre al que le vendió; y retornará a su patrimonio. 28) Pero si sus medios no le alcanzan lo suficiente para restituirle, entonces su venta permanecerá en manos del que la compró hasta el año del Jubileo; en el Jubileo saldrá y regresará a su patrimonio.

29) Si un hombre vende una casa residencial en una ciudad amurallada, su rescate será hasta el término del año de su venta; un año será su período de rescate. 30) Pero si no es redimido hasta que se le cumpla un año completo, entonces la casa de residencia en una ciudad que tiene una muralla será establecida a perpetuidad para el que la compró, para sus generaciones; no saldrá en el Jubileo. 31) Y las casas de los poblados abiertos que no tienen muralla alrededor, serán considerados como el campo de la tierra; tendrán rescate y saldrán en el Jubileo.

32) En cuanto a las ciudades de los Levitas, las casas en las ciudades de su patrimonio, los Levitas tendrán rescate permanentemente. 33) Y lo que compre alguien de los Levitas -la venta de una casa o una ciudad de su patrimonio- saldrá en el Jubileo, ya que las cosas en las ciudades de los Levitas, ése es su patrimonio entre los Hijos de Israel.

34) Pero el campo del ejido de sus ciudades no podrá ser vendido, ya que es un patrimonio perpetuo para ellos.

35) Si tu hermano empobrece y sus medios tambalean cerca de ti, deberás sostenerlo -ya sea un converso o un residente- para que así pueda vivir contigo. 36) No tomarás de él interés o usura, y temerás a tu D's para que así tu hermano pueda vivir contigo. 37) Tu dinero no lo darás con interés, y con usura no darás tu comida. 38) Yo soy el Eterno, D's de ustedes, que los saqué de la tierra de Mitzráim para entregarles la tierra de Kenáan para ser D's para ustedes.

39) Si tu hermano empobrece contigo y es vendido a ti, no lo harás trabajar con trabajo de esclavo. 40) Como empleado o residente será contigo; hasta el año del Jubileo trabajará contigo.

41) Entonces saldrá de contigo, él y sus hijos, junto con él, y retornará a su familia, y al patrimonio de sus ancestros retornará. 42) Pues ellos son ciervos Míos, a los que saqué de la tierra de Mitzráim, no podrán ser vendidos por venta de esclavos. 43) No lo subyugarás por medio de trabajo quebrantador; y temerás a tu D's.

44) Tu esclavo o tu esclava que puedas poseer, de las naciones que los rodean, de ellos podrán comprar esclavo o esclava. 45) Y también de los hijos de los residentes que habitan con ustedes, de ellos podrán comprar, así como de sus familias que están con ustedes, a quienes engendraron en su tierra; y permanecerán contigo en patrimonio. 46) Los mantendrán en su posesión para sus hijos después de ustedes, para heredarlos en patrimonio; podrás servirte de ellos para siempre: Pero sus hermanos, los Hijos de Israel-cada hombre con su hermano-no los subyugarán con trabajo quebrantador. 47) Si la mano de un extranjero residente contigo alcanza (prosperidad), y tu hermano empobrece con él y es vendido al extranjero residente contigo, o a un ídolo de la familia del extranjero; 48) después de haber sido vendido, rescate tendrá; uno de sus hermanos lo redimirá. 49) O su tío o su primo lo redimirá, o un pariente de su familia lo redimirá; o si sus propios medios alcanzan, él será redimido. 50) Con su comprador hará el cálculo desde el año en que fue vendido a él hasta el año del Jubileo; el dinero de su venta será según el número de años, como los días de un empleado estará con él.

51) Si todavía quedarán muchos años, conforme a ellos pagará su rescate de su dinero de su compra. 52) Y si quedan pocos años hasta el año del Jubileo, hará el cálculo con él; conforme a sus años pagará su rescate. 53) Estará con él como un empleado de año en año; no lo subyugará con trabajo quebrantador ante sus ojos. 54) Y si no es redimido por estos medios, entonces saldrá libre en el año del Jubileo, él y sus hijos junto con él.

55) Pues los hijos de Israel son siervos para Mí; ellos son Mis siervos que saqué de la tierra de Mitzráim; Yo soy el Eterno, D's de ustedes.

CAPITULO 26

 No harán ídolos para ustedes, y no erigirán una estatua o una estela para ustedes, y en su tierra no pondrán piedra de recubrimiento para prosternarse sobre ella, pues Yo soy el Eterno, su D`s. 2) Guardarán Mis Shabatot y reverenciarán Mi Santuario; Yo soy el Eterno.

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